CONTABILIDAD

Aprendiendo sobre Contabilidad y Normas Internacionales de Informacion Financiera (NIIF).

IMPUESTOS en Colombia

Compartiendo nueva normatividad sobre el tema.

SEGURIDAD SOCIAL INTEGRAL

Un tema muy interesante, en Salud, Pensiones y ARL, que nos afecta a todos.

DERECHO LABORAL

Nueva normatividad que expida el gobierno, Ministerio del Trabajo y Leyes en materia Laboral.

LEGISLACION EN GENERAL

Sentencias de las altas Cortes, proyectos de ley sobre estos y otros temas, como Familia, Civil, Comecial.

jueves, 4 de junio de 2020

Decreto 770 del 03 junio 2020 que adopta proteccion al cesante, regula jornadas de trabajo, regula pago prima y subsidio a la misma, subsidio a empleados suspendidos

Decreto 770 03 junio 2020
Se comparte el nuevo decreto 770 del 03 de junio 2020, de apoyo al empleo y al trabajo.

  • Beneficia a cesantes categorías A y B en Cajas de compensación (hasta 2 y hasta 4 SMLMV).

  • Máximo 3 meses aporte al FOSFEC sobre salud y pensiones hasta 1 SMLMV.
  • Extiende jornadas máximas de trabajo de hasta 12 horas al día y hasta por 4 días, con 3 días de descanso.
  • Organiza turnos de trabajo sucesivo hasta 8 horas diarias y máximo 36 horas a la semana
  • Para la prima de servicios y de común acuerdo con el trabajador, se puede aplazar hasta el 20 de diciembre el pago de la primera prima, o concertar hasta 3 fechas de pago.
  • Crea el subsidio para el apoyo en el pago de la prima, para personas jurídicas, naturales, consorcios y uniones temporales con el cumplimiento de requisitos, como estar constituidos antes del 01 de enero del 2020, tener inscripción en el registro mercantil y renovada en el 2019 y certificar disminución del 20% o mas en los ingresos.

  • Las personas naturales con menos de 3 empleados en PILA no pueden acceder.
  • Aplica para salarios entre 1 SMLMV hasta $1.000.000. *Valor del aporte
  • $220.000. *Establece procedimiento para postularse, como en nómina.
  • Auxilio para trabajadores en suspensión laboral de $160.000 mensual por los meses de abril, mayo y junio 2020.

jueves, 19 de marzo de 2020

INDUSTRIA Y COMERCIO CALI 2020

PLAZO PARA PAGO DE IMPUESTO DE INDUSTRIA Y COMERCIO EN CALI EN EL AÑO 2020 FUE MODIFICADO

(NOTA: NUEVAMENTE SE MODIFICA POR LA RESOLUCIÓN 4131.040.21.0045 del 20 de marzo de 2.020)

Para recordar a los colegas, que pensamos que el pago de INDUSTRIA Y COMERCIO (ICA) en Cali, siempre es para abril de cada año, pues es hora de tener cuidado.



  • Calendario tomado de la pagina del municipio de Cali y actualizado a las nuevas fechas segun resolución 045 del 20 de marzo de 2020.
  • La resolución 1350 de 2019, efectivamente en su articulo 1, iniciaba con vencimientos a partir del 20 de abril y hasta el 24 del mismo mes.
  • Pero, con la resolución No. 4131.040.21.0006 del 12 de febrero de 2020, modificaron esos vencimientos que iniciaban el 24 de marzo de 2020 para personas jurídicas con NIT terminados en 1 y 2 y  con ingresos en el 2019, superiores a 87.755 UVT ($3.007.364.000) y así para cada NIT.
  • Las personas naturales, con las mismas condiciones del punto anterior, o sea, nit 1 y 2 e ingresos superiores a 87.755 en el 2019, iniciaban vencimientos el 06 de abril de 2020, y así sucesivamente para cada nit.
  • Ahora, con la resolucion 4131.040.21.0045, se actualizan fechas según el infograma tomado del municipio de Santiago de Cali
  • Otra cosa importante, es que también modifica las fechas de pago, así
    • 30% con la presentación de la declaración
    • 30% hasta el 31 de julio de 2.020.
    • 40% hasta el 30 de octubre de 2.020
  • Estos plazos de pago deberían ser siempre, pensando en el flujo de caja de los contribuyentes
  • En el parágrafo primero del articulo 1, dice que se toma la UVT del año gravable a declarar, que es el 2.019 y la UVR estaba en $34.270
Que no nos coja la tarde y nos cobren la multa, y a estar pendientes porque no se sabe si haya cambios de fecha nuevamente, si el confinamiento continúa, con esto del COVID-19.
Felíz dia