domingo, 5 de marzo de 2023

Cambios en las multas del articulo 651. (E.T.) Colombia.


Por considerarlo de suma importancia, resaltamos esta rebaja sustancial en el articulo en comento. Aunque continua siendo onerosa y castiga como si el contribuyente pretendiera equivocarse a propósito; dado que al menos, estas informaciones deben presentarse por una persona técnicamente capacitada.

Ocurre que a veces el contribuyente No conoce de estas normas, o las toma muy a la ligera, o nuestros colegas tampoco le atribuyen la importancia que merecen.

Mencionamos algunas y compartimos la lectura del articulo en cuestión.

  • El tope de la multa baja de 15.000 UVT a 7.500 UVT.
  • No suministrar información, baja del 5% al 1% de las sumas de información no enviada.
  • Si se envía en forma errónea, baja del 4% al 0.7%
  • Si se enviaba extemporánea, baja del 3% al 0.5%
Si se encuentra incurso en alguna de ellas, incluso la sanción se reduce, según el parágrafo transitorio, si se corrige hasta el 01 de abril de 2023.