Comparto la lectura de este norma por considerarlo de interés para todos los deudores, dado que los nuevos créditos y por efectos de esta ley, para poder ejecutar embargos a cuentas o propiedades, el congreso de la republica, y para combatir la congestion judicial, traslada esta funcion que solo hacen los jueces de la república, a los tribunales de arbitraje reconocidos.
Ahora estos procesos pueden ser mas rápidos, pero, todos sabemos que los centros de arbitraje "reconocidos", cobran sumas bastante considerables que no tienen compasión con los deudores, y sobre todo, con los motivos que lo llevaron a la situacion de impago.
La discusión está abierta a la legalidad del procedimiento o nó, dado que reconocen o incluyen a un nuevo "organismo" al poder judicial de Colombia.
Descargue la norma, de la pagina de la U. Externado:





