Comparto la lectura de este norma por considerarlo de interés para todos los deudores, dado que los nuevos créditos y por efectos de esta ley, para poder ejecutar embargos a cuentas o propiedades, el congreso de la republica, y para combatir la congestion judicial, traslada esta funcion que solo hacen los jueces de la república, a los tribunales de arbitraje reconocidos.
domingo, 28 de septiembre de 2025
Ley 2540 de Agosto 2025, aplica desde febrero de 2026. "Ley de arbitraje en procesos ejecutivos"
miércoles, 27 de agosto de 2025
Estimación de Costos y Gastos para Rentas de Trabajo donde proceden Costos y Gastos.
Cuando se esté elaborando una Declaración de Renta de una persona natural, hay que tener cuidado con estos detalles para este tipo de contribuyentes, la estimación del 60% en los costos y gastos y hay que reportarlo.
Pero, no se trata de colocar un valor por colocarlo, porque de la lectura del inciso tercero, se tiene que:
" Dichos costos y gastos deberán encontrarse soportados con factura electrónica de venta y/o comprobante de nómina electrónica y/o documentos equivalentes electrónicos, y serán deducibles siempre que cumplan con los requisitos legales vigentes para el efecto."
O sea, todo debe estar soportado con documentos que cumplan con los requisitos legales como códigos CUFE y QR para facturas de costos y gastos, documentos equivalentes por compras a no responsables y los gastos de nomina soportada electrónicamente.
Es mejor, cuantificar el impuesto del contribuyente o dejar pasar esos ingresos, para evitar inconvenientes a futuro, con nuestros "amigos" de la DIAN.
Es que a veces nos llegan unos casos que es mejor decir que no, y evitar así, una falsedad en documento privado. Hay que recordar que debemos dar "fe pública" en nuestras actuaciones, y no tratar de arreglar situaciones sin soporte a cambio de un ingreso económico.
lunes, 28 de julio de 2025
Información Exógena ICA Cali, por el año 2024.
Dentro de las tantas obligaciones de nuestra comunidad contable en Cali, no olviden que a partir de Agosto de 2025, se inician las fechas para presentar la información exógena por ICA del año 2024, según requisitos fijados por la resolución 603 de octubre 31 de 2023, y modificadas por la resolución 0495 del 27 de junio de 2025.
Estemos atentos a las fechas, según nuestro ultimo digito del NIT, y buena suerte con esos reportes.
viernes, 25 de julio de 2025
DECLARACION DE RENTA 2024:
Se llegó la hora para que las personas naturales colombianas, declaremos renta por el año 2024.
Revise bien su información financiera de ese año de acuerdo a los requisitos que se anexan, y si cumple uno solo de ellos, debe presentar esta declaración, recuerde solicitar todos los soportes de los valores, tener su cuenta y claves activas en el portal de la dian.
Si no tiene quien le asesore, estamos dispuestos para acompañarlo(a) en este proceso.
viernes, 10 de marzo de 2023
Resolucion 885 del 28 de febrero de 2023: UGPP Aplicación beneficios en reducción sanciones e intereses.
Mediante esta resolución, la entidad fija requisitos y procedimiento para aplicar beneficio en los intereses y sanciones del articulo 93 de la Ley 2277 de 2022 (Reforma Tributaria).
Estos beneficios incluyen a aquellos aportantes que les hayan notificado:
- Requerimiento para declarar y/o corregir, o la respectiva ampliación
- Pliego de Cargos
- Liquidación Oficial
- Resolución sanción
- Fallo que resuelva el Recurso de Reconsideración.
- Presentar solicitud de acogimiento hasta el 30 de junio de 2023 ante la UGPP
- Pagar el 100% de aportes con mora y sanción reducida al 20%.
domingo, 5 de marzo de 2023
Cambios en las multas del articulo 651. (E.T.) Colombia.
Por considerarlo de suma importancia, resaltamos esta rebaja sustancial en el articulo en comento. Aunque continua siendo onerosa y castiga como si el contribuyente pretendiera equivocarse a propósito; dado que al menos, estas informaciones deben presentarse por una persona técnicamente capacitada.
Ocurre que a veces el contribuyente No conoce de estas normas, o las toma muy a la ligera, o nuestros colegas tampoco le atribuyen la importancia que merecen.
Mencionamos algunas y compartimos la lectura del articulo en cuestión.
- El tope de la multa baja de 15.000 UVT a 7.500 UVT.
- No suministrar información, baja del 5% al 1% de las sumas de información no enviada.
- Si se envía en forma errónea, baja del 4% al 0.7%
- Si se enviaba extemporánea, baja del 3% al 0.5%
martes, 22 de noviembre de 2022
Servicios o tecnologías en salud, como los pañales, se encuentran incluidos en los planes de beneficios, sin importar el tipo de régimen en salud
Sentencia T-332-22
Para algunos "el sistema de salud en Colombia es uno de los peores en el mundo", pero cuando, como ciudadanos estamos frente a una EPS y a la satisfacción de una necesidad primaria, como lo es el suministro de pañales para mitigar o sobrellevar una enfermedad, propia o de un familiar; se da uno cuenta que, por el contrario, nuestro sistema de salud, con defectos y todo !!! es de los mejores del mundo !!!.
Es que acaso, no se preguntan ustedes sobre la duración, el costo y la afectación sobre el presupuesto familiar de la familia del enfermo que se encuentra ante esta situación, estar comprando de su bolsillo estos artículos que son implementos de lujo hoy día?
Comparto para aquellos que se encuentren y nos lleguemos a encontrar en tal situación, el uso de este derecho, como el que se muestra en la sentencia donde el magisterio y sus IPS, niegan a una usuaria mayor de edad que sufre de alzheimer y afecciones urinarias, el suministro de pañales para su atención.
La Corte Constitucional, falla a favor de la tutelante, al afirmar que
"a partir de la Sentencia SU-508 de 2020, los servicios o tecnologías que no estén explícitamente excluidos del plan de salud se entenderán incluidos en este, independientemente de que se trate del régimen general de salud o de regímenes especiales."
Para nuestros lectores, recordemos que por lo general, el efecto de las tutelas, se consideran "inter partes" y nó "inter comunis", o sea, no tiene efecto general, sino que hay que invocarlo frente a un caso especifico; salvo que la misma Corte Constitucional, disponga otra cosa.
Por eso, y por muchos otros beneficios, nuestro sistema de salud, con defectos y todo, es de lo mejor que hay en el mundo, y no debemos andar por ese mundo, utilizando figuras retóricas (hipérboles), para hacernos creer cosas diferentes.
Pensión de Invalidez - Sentencia T-629 del 02-Oct-2015
- Joven, 20 años cumplidos más 12 días.
- Trabaja y responde por su hogar.
- Durante los 3 años anteriores había cotizado 48.14 semanas al Fondo de Pensiones Protección S.A.
- Durante el último año anterior había cotizado 16.14 semanas al fondo de Pensiones Protección S.A.
- Se queda sin trabajo.
- Justo a los 8 días de quedarse sin trabajo, viene lo impensable: sufre un accidente de tránsito y queda cuadrapléjico.
- La Junta Regional de Calificación de la Invalidez del Valle del Cauca dictamina una pérdida de capacidad laboral del 88.05%.
- Ahora le toca vivir con su madre donde la familia y sin ingresos.
- Inicia con una abogada los trámites de tutelar derechos fundamentales para lograr que lo pensionen por invalidez, lo cual lo consigue por una vez y cuando el Fondo de Pensiones apela el fallo, le revocan la tutela, luego se la conceden nuevamente pero transitoriamente mientras sale la calificación de invalidez.
- El Fondo de Pensiones, deja de pagar la pensión de invalidez que previamente le habían ordenado pagar hasta la gradación de la invalidez.
- Nuevamente tutelan el fallo del Tribunal Superior de Buga, llegando a instancias de la Corte Constitucional.










